Es el órgano consultivo elegido por el Consejo Directivo, el cual estará conformado por diez (10) miembros del COLEGIO, quienes serán escogidos por sus especiales condiciones tales como reconocimientos académicos o profesionales, y compromiso con las labores académicas, para un periodo de dos (2) años.
Habrá un Secretario General, el cual será designado por el Presidente del Consejo Directivo.
El Comité de Ética será el órgano colegiado encargado de vigilar el comportamiento de los miembros del Colegio, así como llevar a cabo los procedimientos disciplinarios contra los miembros del COLEGIO, para lo cual deberá garantizar en todo momento el derecho al debido proceso.
El Comité de Ética será elegido por los miembros Honoríficos por mayoría simple de los mismos. Estará Integrado por cinco (5) miembros y tomará decisiones por mayoría. El Comité sesionará una vez por trimestre, y de manera extraordinaria, cuando así lo requieran por lo menos la mitad de sus miembros.
Proponer el Código de Ética del COLEGIO, para aprobación del Consejo Directivo. Las decisiones disciplinarias del Comité de Ética podrán ser objeto de reconsideración por parte del mismo Comité.
Será el responsable de administrar los bienes, llevar el inventario de bienes y cuentas del Colegio Colombiano de Abogados Administrativistas bajo las directrices del Presidente de la Junta Directiva. Será designado por el Presidente del Consejo Directivo.