CE-SC-RAD2000-N737

INSTITUCIONES FINANCIERAS – Desarrollo de la actividad financiera y aseguradora / ACTIVIDAD FINANCIERA – Entidades que la desarrollan Uno de los objetivos de la intervención estatal es “proteger y promover el desarrollo de las instituciones financieras de la economía solidaria” (art. 46 letra g. decreto ley 663 de 1993). La actividad financiera y aseguradora se desarrolla a través de un sistema conformado por establecimientos de crédito – establecimientos bancarios, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda y compañías de financiamiento comercial -, sociedades de servicios financieros – sociedades fiduciarias, almacenes generales de depósito, sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías-, sociedades de capitalización, entidades aseguradoras – compañías y cooperativas de seguros, compañías y cooperativas de reaseguros -, y por intermediarios de seguros y reaseguros – corredores de seguros, agencias y agentes de seguros, corredores de reaseguros -. Estas instituciones están sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria (arts. 189 numeral 24 C.N. y 325 decreto ley 663/93). Levantada la reserva mediante auto del 16 de marzo del 2000 ASOCIACIONES COOPERATIVAS – Naturaleza y constitución de las que desarrollan actividades financieras Las asociaciones cooperativas son organizaciones solidarias que realizan actividades con fines de interés social y sin ánimo de lucro, por cuanto las reservas sociales y, en caso de liquidación, el remanente patrimonial no se reparten entre los asociados. Los excedentes obtenidos en sus operaciones deben destinarlos a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa. Levantada la reserva mediante auto del 16 de marzo del 2000 SECTOR COOPERATIVO – Entes que lo constituyen El sector cooperativo está constituído por las cooperativas, los organismos cooperativos de segundo y tercer grado, las instituciones auxiliares del cooperativismo y las precooperativas (art.122 ley 79 de 1988). Levantada la reserva mediante auto del 16 de marzo del 2000 COOPERATIVAS – Naturaleza y clasificación Las cooperativas son empresas sin ánimo de lucro, creadas para producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o prestar servicios destinados a satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general, en las cuales los trabajadores o los usuarios, según el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa. Las cooperativas, según las actividades que realicen, se clasifican en especializadas, multiactivas e integrales. Las especializadas se organizan para atender una necesidad específica, correspondiente a una sola rama de actividad económica, social o cultural; las multiactivas para atender varias necesidades, mediante concurrencia de servicios en una sola entidad jurídica, y las integrales para realizar dos o más actividades conexas y complementarias entre sí. Levantada la reserva mediante auto del 16 de marzo del 2000

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