11001-03-15-000-2012-00164-00(AC)

PRECEDENTE JUDICIAL VINCULANTE – ConceptoEl precedente judicial vinculante está constituido por aquellas consideraciones jurídicas que están cierta y directamente dirigidas a resolver el asunto fáctico sometido a consideración del juez. Así, el precedente está ligado a la ratio decidendi o razón central de la decisión anterior, la que al mismo tiempo, surge de los presupuestos fácticos relevantes de cada caso.NOTA DE RELATORIA: Ver, Corte Constitucional, Sentencia T-049-07ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL – Desconocimiento de precedente judicial sobre reajuste de asignaciones de retiro con base en el Indice de Precios al Consumidor / DEBIDO PROCESO Y DESCONOCIMIENTO DE PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL – Ausencia de fundamentación sobre prescripción cuatrienal en materia de reajuste de asignación de retiroPor observarse entonces que el Tribunal consideró intrínsecamente que el reajuste de la asignación de retiro si prescribía, es viable acceder a las pretensiones, con el objeto de que esta autoridad judicial, analizando dichas circunstancias y dentro del ámbito de sus competencias, clarifique las razones por las cuales hay o no lugar a revocar la providencia del a quo. Dado que el presente litigio supera los requisitos de procedibilidad enunciados con anterioridad y se observa la configuración de un defecto de fondo, como lo es el desconocimiento del precedente judicial y violación de los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad, la Sala concederá el amparo constitucional invocado… por cuanto no tuvo en cuenta los parámetros jurisprudenciales aquí referidos ni se analizó el caso concreto del accionante para concluir que en su caso el reajuste del IPC por los años reclamados, no incidía en sus mesadas futuras. FUENTE FORMAL : DECRETO 1212 DE 1990 – ARTICULO 144 / LEY 100 DE 1993 – ARTICULO 14 / LEY 100 DE 1993 – ARTICULO 279 / DECRETO 4433 DE 2004 – ARTICULO 42NOTA DE RELATORIA: Sobre el término de prescripción cuatrienal y su alcance, Consejo de Estado, Sección Segunda, exp.: 11001-03-15-000-2011-00725-00(AC) sentencia de tutela del 27 de julio de 2011, M.P. Víctor Hernando Alvarado ArdilaCONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION SEGUNDASUBSECCION BConsejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILABogotá, D.C., veintidós (22) de marzo de dos mil doce (2012)Radicación número: 11001-03-15-000-2012-00164-00(AC)Actor: JESUS MARIA AGÜERO MERCADO

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