11001-03-15-000-2012-00370-00(AC)

AGENCIA OFICIOSA – Improcedencia de la acción de tutela porque no se demostró que el interesado estuviera imposibilitado para ejercerlaNo obstante, después de revisar el expediente, la Sala observa que el actor carece de legitimación o de interés para actuar. El artículo 10 del Decreto 2591 de 1991 establece que la acción de tutela podrá ejercerse personalmente por la persona que considere que se han vulnerado o amenazado sus derechos fundamentales. No obstante, de conformidad con esa norma, también es procedente la representación, tal como ocurre en los casos en que los padres actúan en representación de los hijos menores o cuando se constituye apoderado judicial. Por igual, es posible agenciar derechos ajenos cuando el titular no esté en condiciones de promover su propia defensa. De modo que, la acción de tutela puede interponerse (i) directamente por el interesado, (ii) por medio de representante legal o judicial, o (iii) mediante agente oficioso, siempre que se demuestre la imposibilidad de que el interesado ejerza su propia defensa. El actor ni siquiera puede actuar como agente oficioso, pues no demostró que alguna de las partes del proceso (o algún tercero interviniente) estuviera en imposibilidad de acudir directamente a la acción de tutela. FUENTE FORMAL : DECRETO 2591 DE 1991 – ARTICULO 10CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejero ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BARCENASBogotá, D. C., catorce (14) de junio de dos mil doce (2012)Radicación número: 11001-03-15-000-2012-00370-00(AC)Actor: VICTALIANO PIRACOCA HUERTASDemandado: CONSEJO DE ESTADO – SECCION TERCERALa Sala decide la acción de tutela interpuesta por el señor Victaliano Piracoca Huertas contra la Sección Tercera del Consejo de Estado.ANTECEDENTES1. Pretensiones El señor Victaliano Piracoca Huertas pidió la protección del derecho de acceso a la administración de justicia, que consideró vulnerado por la autoridad judicial demandada. Para el efecto, solicitó que:“Que se me tutelen mis derechos fundamentales como es el acceso a la administración de justicia a una persona de la tercera edad como ya se dijo

Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.