VIA GUBERNATIVA – Es idóneo su agotamiento cuando se cuestiona el acto que luego se demanda / NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO – es procedente invocar causales de nulidad en la demanda no planteadas inicialmente / EXCEPCION DE INEPTA DEMANDA – Improcedencia por haberse agotado debidamente la vía gubernativa De conformidad con los términos del recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada, la controversia planteada se concreta en determinar si se configuró la excepción de inepta demanda por indebido agotamiento de la vía gubernativa. La Sala no le dará prosperidad a la excepción formulada ya que, contrario a lo alegado por la parte apelante en cuanto a la no discusión de los hechos y circunstancias relacionados con la sanción, se advierte que como lo expresó el Ministerio Público, con ocasión del recurso gubernativo la sociedad cuestionó el monto de la sanción impuesta, y en la demanda amplió los argumentos tendientes a la nulidad de los actos acusados, insistiendo en la falsa motivación por desconocimiento del artículo 651 del Estatuto Tributario, que constituye una de las ‘causales de nulidad’ generales contra los actos administrativos prevista en el artículo 84 del Código Contencioso Administrativo y al respecto la Sala ha dicho que es procedente alegar causales de nulidad no planteadas inicialmente, en razón a que el examen de legalidad del acto acusado debe efectuarse respecto de los fundamentos de derecho expuestos en la demanda, que a su vez deben concretarse a las causales de nulidad previstas en el inciso 2º del artículo 84 del Código Contencioso Administrativo. PRESUNCION DE BUENA FE – Está consagrado en la Constitución y la ley / CARGA DE LA PRUEBA EN CABEZA DEL CONTRIBUYENTE – Es improcedente por el hecho de cometer errores en el suministro de información / INFORMACION TRIBUTARIA CON ERRORES – No implica que el contribuyente tenga que demostrar que no existió mala fé De acuerdo con lo anterior es claro que, contrario a lo afirmado por la entidad apelante, la actora no tenía que probar que no había actuado de mala fe al incurrir en el error respecto de algunos registros, toda vez que ‘la ley’ no estableció dicha presunción respecto de los errores en que se puede incurrir en el suministro de informaciones, y por lo demás, las negaciones indefinidas no requieren prueba. En consecuencia, no le asiste razón a la parte recurrente en cuanto a que el suministro de información errónea determina inexorablemente que la carga de la prueba se traslade al administrado y tener que demostrar que no existió mala fe, pues como ya se dijo, la Constitución y la ley establecieron la presunción contraria, esto es, la de la buena fe. Del aparte transcrito de la sentencia C-160 de abril 29 de 1998 tampoco surge la conclusión que del mismo pretendió obtener la entidad recurrente, relativo a que el suministro de información errónea implicaría de suyo que el administrado tuviera que demostrar la ausencia de mala fe, pues la citada sentencia parte del supuesto de la existencia de mala fe, esto es, que la misma se encuentre demostrada, lo que no ocurre en el caso de autos, pues por el contrario, como se reseñó en los antecedentes y lo señaló el a quo y el Ministerio Público, la sociedad obró de buena fe, ya que desde la respuesta al pliego de cargos y luego con ocasión del recurso gubernativo, teniendo en cuenta que no obtuvo respuesta de la Administración en relación con la solicitud de una copia del medio magnético, aportó copia del disquete que conservaba sobre la información del año 1995 con la impresión de la misma y de los movimientos contables. DERECHO AL DEBIDO PROCESO – Se desconoce al no tener en cuenta la discusión de los actos sancionatorios / SANCION POR INFORMACION CON
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