PROGRAMA SER PILO PAGA 2 – Requisitos / VULNERACION DE LOS DERECHOS A LA EDUCACION, AL BUEN NOMBRE Y AL DEBIDO PROCESO – Demora del ICFES en el envío del reporte de estudiantes posibles beneficiarios al programa Ser Pilo Paga 2 impidió al actor diligenciar la solicitud prevista por el ICETEX perdiendo la posibilidad de acceder al crédito condonableSer Pilo Paga, es un programa del Gobierno Nacional en convenio con las principales universidades del país que tiene como objetivo que los mejores estudiantes con bajos recursos tengan la posibilidad de estudiar la carrera de su preferencia. Para acceder al mencionado programa en el periodo 2016 – 1, se requería: (i) haber presentado las pruebas Saber 11 el 2 de agosto de 2015 obteniendo un resultado superior a 318; (ii) tener un puntaje específico individual del SISBEN según ubicación geográfica con corte respectivo al 19 de junio de 2015; y (iii) ser sido admitido en un programa curricular en la modalidad presencial en una Institución de Educación Superior acreditada en alta calidad o en proceso de renovación de acreditación institucional… A partir de lo anterior, advierte la Sala que el accionante desde el 23 de octubre de 2015 (fecha de apertura de la convocatoria Ser Pilo Paga) hasta el 13 de diciembre (fecha de cierre), pese a cumplir con todos los requisitos, no tuvo acceso al formulario de solicitud para el beneficio del programa Ser Pilo Paga del ICETEX. En efecto, como el examen del accionante se encontraba condicionado a la conclusión de la actuación administrativa que adelantaba el ICFES por la posible comisión de una falta, no hizo parte de la lista de posibles beneficiarios que esta última envía al ICETEX, y por tal razón no se encontraba habilitado en el sistema para aplicar al Programa Ser Pilo Paga 2. Ahora, si bien el ICFES ordenó el 28 de noviembre de 2015 retirar la validez condicionada del resultado del examen del actor, envió al ICETEX solo hasta el 18 de diciembre de 2015, fecha en la que ya había sido cerrada la convocatoria para acceder a Ser Pilo Paga 2, el reporte de los nuevos estudiantes que obtuvieron el puntaje necesario para acceder como posibles beneficiarios del mencionado programa, dentro de los cuales se encontraba el estudiante R.T.L.G. Para la Sala, la actuación adelantada por el ICFES resulta vulneradora de los derechos fundamentales del accionante, pues la mora en el envío de la información, trajo como consecuencia que éste, en su calidad de posible beneficiario, no pudiera diligenciar el formulario de solicitud previsto por el ICETEX en el aplicativo Ser Pilo Paga 2 antes de la fecha de cierre de la convocatoria, perdiendo con ello la posibilidad de acceder al crédito condonable de educación que ofrece el Gobierno Nacional.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION QUINTAConsejero ponente: ALBERTO YEPES BARREIROBogotá, D.C., trece (13) de abril de dos mil dieciséis (2016)Radicación número: 08001-23-33-000-2016-00059-01(AC)Actor: RAFAEL TOBIAS LASTRA GUERRERODemandado: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Y OTROS
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