25000-23-26-000-2000-01950-01(29543)

ACCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES – Por vulneración de la equivalencia de las prestaciones / EQUIVALENCIA DE LAS PRESTACIONES DEL CONTRATO – De orden de trabajo para el mantenimiento preventivo mantenimiento preventivo de la red telefónica de las centrales de Kennedy, Puente Aranda, Normandía, Sauzalito, Fontibón, Aeropuerto y San José / EQUIVALENCIA DE LAS PRESTACIONES DEL CONTRATO – No se evidenció sobrecostos asumidos por el contratista a favor de la empresa de servicios públicos domiciliarios contratanteEl presente asunto versa sobre una orden de trabajo suscrita entre la sociedad de hecho Consorcio Civeltel y la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá, cuyo objeto era el “mantenimiento preventivo de las redes secundarias y red de abonado incluyendo colocación y/o cambio de postes, cajas terminales, ajustes de red, ampliación de abonados, cambio de minibloques, arreglo y/o cambios de armarios, arreglo de pases en armario y demás, en la Zona VII de la Dirección de Redes Occidentales, que comprende la red telefónica de las centrales de Kennedy, Puente Aranda, Normandía, Sauzalito, Fontibón, Aeropuerto y San José”. (…) se tiene que la parte actora solicita que se declare que durante la ejecución del contrato se rompió el equilibrio económico del mismo y por tanto debe restablecerse la ecuación contractual. EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS – Competencia jurisdiccional. Evolución normativa / COMPETENCIA DE JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA – Ley 446 DE 1998, criterio material. Ley 1106 de 2006, criterio orgánico / COMPETENCIA DE JURISDICCION DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – Reiteración jurisprudencial. Determinada por el sujeto a juzgar cuando se trata del Estado / COMPETENCIA DE JURISDICCION DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – Procedente para juzgar asuntos relacionados con empresas de servicios públicos domiciliarios con capital público superior al privado por catalogarse como entidades estatales NOTA DE RELATORIA: Sobre la competencia de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa para conocer procesos en los que se encuentren inmersas empresas de servicios públicos domiciliarios cuyo capital público sea superior al 50%, consultar Auto de 8 de febrero de 2007, Exp. 30903, MP. Enrique Gil Botero.EMPRESA DE TELEFONOS DE BOGOTA – Naturaleza jurídica. Reiteración jurisprudencial / EMPRESA DE TELEFONOS DE BOGOTA – Constituida como empresa de servicios públicos domiciliarios de orden distrital con totalidad de aportes oficiales / COMPETENCIA – De Jurisdicción Contencioso Administrativa por tratarse de una empresa de servicios públicos con capital público superior al privadoSobre la naturaleza jurídica de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P., la Sala en ocasiones anteriores ha puesto de presente que es una empresa constituida inicialmente como establecimiento público descentralizado del orden distrital, mediante acuerdo No. 72 de 1967 proferido por el Concejo Distrital de Bogotá; posteriormente, por acuerdo 21 de 1997, fue reorganizada como empresa de servicios públicos del orden distrital con totalidad de aportes oficiales, bajo la forma jurídica de sociedad por acciones constituida en escritura pública No. 0004274 de 29 de diciembre de 1997, a través de la cual se instituyó en la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá S.A. -E.T.B-. E.S.P, cumpliendo así lo dispuesto en la ley 142 de 1994. En consecuencia, conforme a lo preceptuado por el artículo 82 del CCA – modificada por la Ley 1107 –, la

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