DECRETO DE PRUEBAS DE OFICIO EN SEGUNDA INSTANCIA – Regulación normativa / DECRETO DE PRUEBAS DE OFICIO EN SEGUNDA INSTANCIA – Procedencia / PAGO DE COPIAS SOLICITADAS – A expensas de la parte demandante / TERMINO PARA CUMPLIR CON LO ORDENADO COMO PRUEBA – Diez días / PRUEBA ALLEGADA – A disposición de las partes y al Ministerio Público. Regulación normativaNOTA DE RELATORIA: Providencia pretitulada sin medio magnéticoCONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION TERCERA SUBSECCION CConsejero Ponente: GUILLERMO SANCHEZ LUQUEBogotá D.C., siete (7) de marzo de dos mil dieciséis (2016). Radicación número: 05001-23-31-000-1997-03456-01(36337) Actor: JAIRO DE JESUS SUAZA ALZATE Y OTROSDemandado: NACION -FISCALIA GENERAL DE LA NACION, RAMA JUDICIALReferencia: ACCION DE REPARACION DIRECTANOTA DE RELATORIA: Providencia pretitulada sin medio magnético
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