CONCURSO DE MERITOS PARA DOCENTES – La validación de los resultados del 7 de febrero hace procedente la cesación de procedimiento / RESULTADOS DE LAS PRUEBAS DEL CONCURSO DOCENTE – Con la validación que hizo el ICFES ya no se vulneran los derechos fundamentales / PRINCIPIO DE LA CONFIANZA LEGITIMA – Se vulneraba con los resultados de las pruebas del concurso de docentes publicado el 26 de marzoEn el asunto sub exámine, se predica la vulneración de los derechos al debido proceso y al trabajo, y al principio de la confianza legítima, porque los resultados publicados por el ICFES el 26 de marzo de 2007, respecto de las pruebas que la actora presentó el 14 de enero del mismo año dentro de la convocatoria 04-52 de 2006, desconocieron el Decreto 1278 de 2002 [9]. En concreto, la actora pretende que se validen los resultados de 7 de febrero de 2007, conforme a los cuales aprobó las pruebas de aptitudes y competencias básica y psicotécnica, y pasó a la siguiente fase del concurso para la carrera docente ( entrevista y valoración de antecedentes). El Tribunal concedió la solicitud de tutela. En consecuencia, ordenó a las demandadas que incluyeran a la actora en la lista de admitidos para continuar el concurso. Lo anterior satisface la pretensión de la actora y deja sin objeto la solicitud de tutela, por lo cual pierde sentido cualquier análisis sobre la procedencia de la acción, dado que la situación denunciada como vulneradora de los derechos fundamentales, desapareció con la Resolución 000192 de 19 de junio de 2007, que reiteró la validez del resultado aprobatorio publicado el 7 de febrero de 2007, respecto de las pruebas presentadas el 14 de enero. Con este resultado, se entiende que la actora puede continuar en el proceso de selección del concurso de carrera docente. CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejero ponente: HECTOR J. ROMERO DIAZBogotá D. C, veintitrés (23) de agosto de dos mil siete (2007) Radicación número: 05001-23-31-000-2007-00690-01(AC)Actor: MARIA TERESA GOMEZ ARENASDemandado: INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION SUPERIOR – ICFES – Y LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL – CNSC. FALLO Procede la Sala a decidir la impugnación formulada por el Instituto Colombiano Para el Fomento de la Educación Superior – ICFES, contra la sentencia de 4 de junio de 2007, del Tribunal Administrativo de Antioquia.
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