CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS – Entre la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP y la Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES / INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES – Liquidación / REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACION DEFINIDA – Competencias asignadas a COLPENSIONESAsimismo para resolver el presente conflicto de competencias, se hace necesario recurrir de nuevo a la doctrina que ha venido desarrollando la Sala de Consulta y Servicio Civil, respecto de la liquidación del Instituto de Seguros Sociales. Explicó la Sala que con la expedición de los Decretos 2011, 2012 y 2013 de 28 de septiembre de 2012, el Gobierno Nacional reglamentó la entrada en vigencia y funcionamiento de la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES, y suprimió y declaró en estado de liquidación al Instituto de Seguros Sociales; todo ello, a partir del 28 de septiembre de 2012. (…) En este orden de ideas y de acuerdo con lo expuesto, se entiende que deben ser resueltas por COLPENSIONES, entre otras: i) aquellas solicitudes de reconocimiento de derechos pensionales presentadas ante el ISS después del 28 de septiembre de 2012 –fecha de entrada en vigencia del Decreto 2011 de 2012, ii) las solicitudes de reconocimiento de derechos pensionales, incluyendo aquellas que habiendo sido presentadas ante el Instituto de Seguros Sociales – ISS, no se hubieren resuelto a la entrada en vigencia del referido decreto, y iii) de las solicitudes de los afiliados, al ser el nuevo titular de todas las obligaciones con los trabajadores del Régimen de Prima Media con Prestación Definida del Instituto de Seguros Sociales – ISS. (…) La importancia de analizar el régimen de transición y de determinar si resulta aplicable a determinada persona, radica en que quienes se encuentran beneficiados por el adquieren el status pensional cuando cumplen con las exigencias establecidas en las normas anteriores a la Ley 100 de 1993, esto es, las Leyes 33 de 1985 y 71 de 1988FUENTE FORMAL: DECRETO 2011 DE 2012 / DECRETO 2012 DE 2012 / DECRETO 2013 DE 2012NOTAS DE RELATORIA: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, conflicto de 11 de julio de 2013, Exp.11001-03-06-000-2013-00379-00CONSEJO DE ESTADOSALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVILConsejero ponente: EDGAR GONZALEZ LOPEZBogotá D.C., diecisiete (17) de marzo de dos mil dieciséis (2016)Radicación número: 11001-03-06-000-2015-00170-00(C)Actor: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTION PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCION SOCIAL-UGPP
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