DERECHO DE PETICION – núcleo esencial / CARENCIA ACTUAL DE OBJETO – Hecho Superado por respuesta a la petición.NOTA DE RELATORIA: Sobre hecho superado, Corte Constitucional, Sentencia T-308 de 2003, M.P. Rodrigo Escobar Gil, y Sentencia T-170/09 FUENTE FORMAL : CONSTITUCION POLITICA – ARTICULO 23 / DECRETO 2591 DE 1991 – ARTICULO 26CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejera ponente: MARIA CLAUDIA ROJAS LASSOBogotá, D.C., primero (1) de noviembre dos mil doce (2012) Radicación numero: 11001-03-15-000-2012-00619-01(AC)Actor: JESUS SALVADOR MIR FIGUEROADemandado: ARCHIVO GENERAL DE LA POLICIA NACIONALSe decide la impugnación presentada por la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Archivo General de la Policía Nacional contra el fallo proferido el 11 de septiembre de 2012, por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca (Sección Segunda – Subsección A, que concedió el amparo de la tutela deprecada. I. ANTECEDENTES1. LA SOLICITUDEl ciudadano JESÙS SALVADOR MIR FIGUEROA, presentó acción de tutela contra HERNAN MAURICIO TORRES ROZO, Jefe del Área del Grupo de Atención al Usuario del Archivo General de la Policía Nacional, para obtener el amparo de su derecho fundamental de petición.1.1. Hechos El 30 de julio de 2012, el actor presentó derecho de petición 1 ante el Jefe del Área del Grupo de Atención al Usuario del Archivo General de la Policía Nacional, soli -citando lo siguiente: “Respetuosamente me dirijo al señor capitán por medio de la presente para solicitarle amablemente ordenar a quien corresponda me sean ex -pedidos copias de los folios de vida que me corresponden desde el inicio en que empecé a ejercer la labor policial con la Policía Nacional.”1 Folio 8 del expediente.
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