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ACTUACION TEMERARIA – Procede la imposición de multaFUENTE FORMAL: DECRETO 2591 DE 1991 ARTICULO 38 / ARTICULO 73 C.P.CCONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejero ponente: WILLIAM GIRALDO GIRALDOBogotá, D.C., doce (12) de julio de dos mil doce (2012)Radicación número: 11001-03-15-000-2012-00982-00(AC)Actor: LUIS GABRIEL URUETA ROMERINDemandado: CONSEJO DE ESTADO – SECCION SEGUNDADecide la Sala la acción de tutela instaurada por el señor LUIS GABRIEL URUETA ROMERIN contra el CONSEJO DE ESTADO, SECCION SEGUNDA, SUBSECCION B, de acuerdo con el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000.I. ANTECEDENTESEl señor LUIS GABRIEL URUETA ROMERIN instauró acción de tutela contra el CONSEJO DE ESTADO, SECCION SEGUNDA, SUBSECCION B, por considerar vulnerados los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y de acceso a la administración de justicia.A. Hechos y FundamentosDel expediente se advierten como hechos relevantes los siguientes:El señor LUIS GABRIEL URUETA ROMERIN, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento, demandó a la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Fuerza Aérea Colombiana -, con el fin de que se declarara la nulidad del fallo disciplinario de 10 de agosto de 1999, dictado por el Comandante de Comando Aéreo de Combate N° 3, confirmado por el fallo de segunda instancia de 3 de

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