RIESGO DE CONFUSION – Inexistencia entre los signos PETROLERO y PETROLEUM tanto a nivel gráfico, ortográfico y fonético / CONEXION COMPETITIVA – Inexistencia entre los signos PETROLERO y PETROLEUMDel aspecto visual, las marcas nominativas en conflicto se presentan así: – Marca concedida PETROLERO – Marca opositora PETROLEUM. Desde el punto de vista gráfico, las marcas se asemejan pues contienen vocales idénticas y ubicadas en el mismo orden (PE-TRO-LE-UM / PE-TRO-LE-RO); tal orden de distribución de las vocales produce la impresión que impacta en el consumidor. Del aspecto ortográfico, los signos no se asemejan, pues la expresión PETROLERO se compone de 4 sílabas (PE TRO LE RO) mientras que PETROLEUM de 3 (PE TRO LEUM) y comparten la expresión PETROLE. Desde el punto de vista fonético tampoco se asemejan, pues la expresión «PETROLEUM» se pronuncia « petrolíum » en lengua inglesa; mientras que en lengua castellana la expresión «PETROLERO» se pronuncia « petrolero » tal como se escribe. Por otra parte, aplicando los criterios expuestos en la Interpretación Prejudicial librada para este proceso, para la comparación global de las marcas, se advierte que apreciadas en su conjunto y en forma sucesiva (y no simultánea) y pronunciadas de manera adecuada PETROLERO / PETROLEUM / PETROLERO / PETROLEUM / PETROLERO / PETROLEUM, no producen una impresión de semejanza. De este análisis no se sigue que sean confundibles, pues no existe riesgo de confusión o de asociación entre vestidos, calzado o sombrería con que ALBEIRO RESTREPO SALAZAR distingue con la marca «PETROLERO», y los servicios científicos y tecnológicos que VICTOR HUMBERTO ÁNGEL distingue con la marca «PETROLEUM». Entre una prenda de vestir y unos servicios científicos y/o tecnológicos claramente no existe conexión competitiva. Es altamente improbable que el consumidor confunda un vestido, sombrero a zapato con un servicio tan especializado como lo es el científico o tecnológico o que asocie a sus fabricantes. A estas diferencias se suma el hecho de que el público que utiliza los servicios comprendidos en la Clase 42 Internacional es especializado en tanto que al momento de escoger el tipo de servicio que requiere, se encarga de analizar si la empresa que presta el servicio y conoce le brinda unas condiciones particulares.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejera ponente: MARIA CLAUDIA ROJAS LASSOBogotá D.C., trece (13) de noviembre de dos mil ocho (2008)Radicación número: 11001-03-24-000-2002-00065-01Actor: ALBEIRO RESTREPO SALAZARDemandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIOReferencia: ACCION DE NULIDAD
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