MATADERO MUNICIPAL DE ARMENIA – Invulneración de derechos colectivos ante adecuaciones y permiso condicionado de vertimiento de aguas residuales / CONTAMINACION DEL RIO QUINDIO – Matadero Municipal de ArmeniaEn el presente asunto, el demandante ha manifestado que el matadero municipal de Armenia vierte sus residuos líquidos y sólidos directamente al río Quindío, provocando un impacto ambiental grave sobre esta fuente hídrica y el ecosistema en general. Para la Sala, del acervo probatorio anterior es forzoso concluir que las condiciones en que opera el matadero municipal de Armenia son propicias y están encaminadas a cumplir con las exigencias legales, tal como se desprende de las adecuaciones efectuadas por el operador en la central de sacrificio y de los informes de seguimiento que viene haciendo la Corporación Autónoma Regional del Quindío. Además se comprobó que efectivamente la central cuenta con un permiso condicionado de vertimiento de aguas residuales otorgado por la mencionada corporación. Por otra parte, los resultados que arrojó la inspección judicial dan cuenta de que los ajustes realizados en el matadero son eficientes y eficaces para el proceso de reducir definitivamente la contaminación del río, imponen a la Sala confirmar la providencia que no accedió a las súplicas de la demanda, comoquiera que no se están vulnerando los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar el desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION PRIMERAConsejera ponente: MARTHA SOFIA SANZ TOBONBogotá, D.C., catorce (14) de junio de dos mil siete (2007) Radicación número: 63001-23-31-000-2003-01100-01(AP)Actor: HERMANN GUSTAVO GARRIDO PRADADemandado: EMPRESAS PUBLICAS DE ARMENIA EPA E.S.P.Referencia: APELACION SENTENCIA. ACCION POPULAR
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