66001-23-31-000-2011-00166-01(20128)

ESTAMPILLA PRO DESARROLLO DEPARTAMENTAL / CONTRATOS CON INTERVENCION DE FUNCIONARIOS DEPARTAMENTALES / CONTRATOS SUSCRITOS POR LAS AREAS METROPOLITANAS Y ASOCIACIONES DE MUNICIPIOS / RECAUDO DE LA ESTAMPILLA PRODESARROLLO DEPARTAMENTAL POR TESOREROS MUNICIPALES / SUJETO ACTIVO DE LA ESTAMPILLA PRODESARROLLO DEPARTAMENTALFUENTE FORMAL: DECRETO LEY 1222 DE 1986 – ARTICULO 170 / DECRETO LEY 1222 DE 1986 – ARTICULO 175 / LEY 1625 DE 2013 – ARTICULO 2 / LEY 136 DE 1994 – ARTICULO 149NORMA DEMANDADA: ORDENANZA 012 DE 2009 (7 DE MAYO) ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE RISARALDA – ARTICULO 3 LITERAL C (Anulado) / ORDENANZA 012 DE 2009 (7 DE MAYO) ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE RISARALDA – ARTICULO 3 LITERAL D (Anulado) / ORDENANZA 012 DE 2009 (7 DE MAYO) ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE RISARALDA – ARTICULO 5 (Parcial) (Anulado parcial) / ORDENANZA 012 DE 2009 (7 DE MAYO) ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE RISARALDA – ARTICULO 6 (Cosa juzgada)CONSEJO DE ESTADOSALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOSECCION CUARTAConsejero ponente: HUGO FERNANDO BASTIDAS BARCENASBogotá D.C., diecinueve (19) de mayo de dos mil dieciséis (2016)Radicación número: 66001-23-31-000-2011-00166-01(20128)Actor: JOSE HERMES RUIZ SIERRADemandado: DEPARTAMENTO DE RISARALDAFALLOLa Sala decide el recurso de apelación interpuesto por el Departamento de Risaralda contra la sentencia del 31 de enero de 2013 proferida por el Tribunal Administrativo de Risaralda, que decidió:“1. Se declara no probada la excepción de ineptitud sustantiva de la demanda propuesta por el Departamento de Risaralda.2.- Declárase la nulidad parcial del literal c) del artículo 3 de la Ordenanza No. 012 del 7 de mayo de 2009, con relación a la enunciación que se realiza del literal b); la nulidad total del literal d); y la nulidad parcial del artículo 5, en relación a la

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