ACCION DE REPARACION DIRECTA – Falla del servicio en operativo militar / FALLA DEL SERVICIO – Omisiones en el deber de planear operativo militar / PRINCIPIO DE PLANEACION – Se omitieron los deberes de planear operativo militar, se observa improvisaciónEl operativo había sido planeado con fundamento en la información suministrada por los desmovilizados, quienes sostuvieron que los “narcosubversibos” – “FARC”, objeto del operativo, “estaban ubicados en un potrero despejado” que ellos conocían como a la palma de su mano y del cual informaron que se trataba de un terreno descubierto y con una sola trocha. (…) Entonces, fue con apoyo en estos parámetros que, a las 8 de la noche (20 horas) la Brigada “Los Guanes” organizó el operativo, (…) A la sazón, las tropas procedieron a adelantar el operativo, mediante un rastreo, registro y reconocimiento del terreno. Hicieron un primer acercamiento a las 5 de la mañana y a las 6 se empezó un registro sobre el sitio, previa división de la tropa en diferentes escuadras que permitieran cubrir todo el terreno y todas las trochas de acceso y escape, fue entonces, 40 minutos después, cuando se chocaron entre sí las tropas 1ª y 2ª, produciéndose un enfrentamiento armado entre ellas, consecuencia del cual resultó herido en el pecho NELSON OMAR DURAN. (…) Es de resaltar que las mismas fuerzas militares atribuyen los hechos a que las escuadras, pese a estar identificadas con brazaletes, no pudieron reconocerse entre sí como consecuencia de las condiciones atmosféricas y del terreno, esto es, la neblina y lo montañoso y boscoso del lugar. Al respecto, debe observarse que todas las pruebas son contundentes en señalar como causa del incidente las mencionadas condiciones atmosféricas y del terreno. (…) Así las cosas, resulta claro para la Sala que se organizó un operativo militar, con fundamento en la información suministrada por unos desmovilizados, sin que se evidencien mecanismos de verificación sobre la veracidad de la información suministrada, por el contrario ésta fue atendida bajo la organización de un operativo en el que también participaron los informantes, quienes actuaron como guías, presuntamente por su conocimiento del territorio, pero una vez en él decidieron no avanzar con la tropa que se vio obligada a subir sin el guía que no quiso subir aduciendo que él taponaba por la parte de abajo con la escuadra agregada”; de manera que la tropa se enfrentó, dividida, a la topografía de un lugar que le era completamente desconocido, a lo que se sumó la oscuridad de la noche y la falta de visibilidad ocasionada con la neblina del amanecer. (…) Del mismo modo, evidencia la Sala la falsedad en la información suministrada por los célebres informantes, pues debe resaltarse que el campamento de las “FARC” señalado por aquellos, en cuyo objetivo se planeó el operativo, no existía, por el contrario, en diligencias posteriores a los hechos que aquí se analizan, la Brigada comprobó que “por rastros viejos encontrados y por la versión de la gente que ese grupo se había movido cuatro días antes aproximadamente”. (…) Dos mentiras que el cuerpo de Inteligencia de la entidad demandada dio por ciertas, la primera la, presencia de los insurgentes y, la segunda, las condiciones del terreno, consecuencia de las cuales los soldados fueron expuestos a un operativo que únicamente arrojó como resultado la muerte de NELSON OMAR DURAN. (…) En este sentido, considera la Sala que la operación fue improvisada desde su inicio, por cuanto tuvo como único fundamento la información suministrada por unos desmovilizados y se llevó a cabo en un terreno que le era completamente desconocido, frente a lo cual debe tenerse en cuenta que la fuerza pública está en la obligación de conocer el territorio o jurisdicción dentro de la cual le corresponde actuar, lo que le posibilitaría en casos como el que aquí se debate, juzgar la información puesta a su disposición por terceras personas. Consecuencia de lo anterior, la tropa se vio obligada a improvisar. (…) Finalmente sobre la ocurrencia de los hechos, la Sala encuentra inadmisible que dos escuadras del mismo Ejército Nacional, en un error
Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.