POLICIA NACIONAL – Régimen de asignaciones y prestaciones para el personal de nivel ejecutivo / DECRETO 1029 DE 1994 – Vigencia de los artículos 110 y 111 / REGIMEN PRESTACIONAL – Personal de nivel ejecutivo de la Policía Nacional En la actualidad es procedente aplicar los artículos 110 y 111 del decreto 1029 de 1994, referentes a la definición de familia, como aquella que, para los efectos de este decreto, está constituida por el cónyuge o compañero permanente del miembro del nivel ejecutivo de la Policía Nacional, así como por sus hijos menores de veintiún (21) años, los estudiantes hasta la edad de veinticuatro (24) años y los hijos inválidos absolutos, siempre y cuando unos y otros dependan económicamente del miembro del nivel ejecutivo; igualmente, procede la remisión a los decretos leyes 1211, 1212, 1213 y 1214 de 1990, en el sentido de que los derechos allí consagrados para el cónyuge y los hijos de los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, se reconocerán y pagarán a la familia del miembro del nivel ejecutivo, de conformidad con la definición establecida. NOTA DE RELATORIA: Sentencia C-417 de 1994, C-127 de 1996, Corte Constitucional. Levantada la reserva legal con auto de 13 de febrero de 2001. CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL Consejero ponente: CÉSAR HOYOS SALAZAR Santafé de Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de octubre de mil novecientos noventa y seis (1996).- Radicación número: 886 Actor: MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL Referencia: POLICIA NACIONAL. Régimen de asignaciones y prestaciones para el personal del nivel ejecutivo. Vigencia de los artículos 110 y 111 del decreto 1029 de 1994. El señor Ministro de Defensa Nacional, doctor Juan Carlos Esguerra Portocarrero, consulta a la Sala respecto de la vigencia de los artículos 110 y 111 del decreto 1029 de 1994 “Por el cual se emite el régimen de asignaciones y prestaciones para el personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional”. Para tal fin expone : “Las normas en cuestión disponen:
Solo los clientes que compraron los siguientes productos: Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Estudiantes, Membresía por un (1) año al Colegio de Abogados Administrativistas para Profesionales pueden acceder a este contenido.